La sucesión del propietario forestal: cuestiones hereditarias

Claves legales para gestionar la sucesión de una propiedad forestal: herencia, partición, conservación y derechos de los herederos.

Es probable que en alguna ocasión hayamos tenido conocimiento de la adquisición de una propiedad rústica por parte de una persona por haberla venido poseyendo durante un determinado periodo de tiempo. Esta situación, que es legalmente posible, requiere de la concurrencia de una serie de circunstancias para que opere, y se denomina prescripción adquisitiva o usucapión, figura que conviene analizar para no caer en concepciones erróneas. Blog

La herencia: casos TÍPICOS

En numerosas ocasiones nos consultan propietarios de fincas que deben operar con ellas en el tráfico jurídico y que sin embargo, se ven imposibilitados por no “tener arreglada la herencia”.

Otorgar testamento o acudir al Notario para repartir la herencia entre los herederos, son actos que se posponen o directamente no se llevan a cabo, lo que en absoluto aconsejo, pues estamos dejando el problema en manos de las generaciones posteriores.

Documentación necesaria para la herencia

En primer lugar conviene saber con qué documentación contar para los trámites que deberemos llevar a cabo. Debe obtenerse el certificado de Defunción y el certificado del Registro de Últimas Voluntades.

Además en el mismo modelo oficial, se solicitará el certificado de Contratos de Seguros de Cobertura por Fallecimiento, que permite saber si la persona fallecida tenía contratado algún seguro de vida o accidentes.

En caso de fallecimiento

Si el fallecido ha otorgado testamento, en el certificado de Últimas Voluntades constará el nombre del notario autorizante a fin de solicitar copia del mismo y conocer la última voluntad del testador.

Por el contrario, si no se ha otorgado testamento, los herederos legales deberán tramitar el expediente de Declaración de Herederos Ab Intestato.

La declaración de herederos

Cuando el fallecido no ha otorgado testamento, lo primero que se debe hacer es instar un Acta Notarial de Declaración de Herederos.

También deberán comparecer dos testigos que conozcan a la familia y puedan aseverar la realidad de los hechos.

Transcurridos 20 días hábiles desde el requerimiento inicial, el Notario concluirá el Acta y procederá a su protocolización.

La aceptación de la herencia

Las personas llamadas a recibir una herencia tienen opción de aceptarla o repudiarla. Tanto la aceptación como la repudiación son actos voluntarios y libres.

Tipos de aceptación

Son dos las formas en las que puede manifestarse la aceptación de una herencia:

  • aceptación pura y simple
  • aceptación a beneficio de inventario

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